La tarde de este jueves 29 de junio, el Congreso del Estado de Querétaro votó por unanimidad prohibir las terapias de conversión en la entidad.

De acuerdo con la argumentación en la legislatura, la principal razón por la cual se eliminan las terapias de conversión, se debe a que es un acto discriminatorio y no permite el libre desarrollo de la personalidad.

Además, se acordó que las sanciones irán desde los 2 hasta los 6 años de prisión, así como una multa económica, la cual irá desde las 250 a 2000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, es decir, de 20 mil 748 pesos a 207 mil 480 pesos.

Te podría interesar: REGISTRAN DESABASTO DE HIELO EN QUERÉTARO

Asimismo, se detalló que las sentencias incrementarán cuando se trate de víctimas que sean infantes, adolescentes o alguna persona que la capacidad de comprender la conducta y estos casos serán investigados de oficio.

Las llamadas terapias de conversión o reparativas, también conocidas como Esfuerzos para Cambiar la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG) estarán penadas, tanto si las realizan personas físicas como morales.

La iniciativa reforma la Ley de Salud del Estado de Querétaro, la Ley de Salud Mental del Estado de Querétaro, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Querétaro y el Código Penal del Estado de Querétaro.

Te podría interesar:  TEPJF SANCIONA A XÓCHITL GÁLVEZ POR VULNERAR LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ

Por Javier Zamora

Editor

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *