Debido a que los derechos humanos de las mujeres son violados, la Primera Sala de la Corte señaló que es inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el código penal Federal.

La nueva despenalización señala que se podrá acceder a servicios de aborto en cualquier institución federal de salud.

Asimismo, el personal médico de las Instituciones federales de salud no podrán ser criminalizados por ayudar a quienes requieran y soliciten un aborto.

El Código Penal Federal deberá actualizarse por el Congreso de la Unión, pues se debe eliminar el delito de aborto, mismo que se encuentra en el artículo 329, el cual contempla una pena de tres años a quienes ‘hagan abortar a una mujer’, además de inhabilitaciones de hasta cinco años para los médicos que lo practicaran.

Isabel Fulda señaló al medio ‘El país’, que la acción manda un mensaje y quita un estigma.

“Ahora se abre la puerta a estos servicios en las instituciones federales que son las que atiende a la mayor parte del país, alrededor del 70% de la población tiene IMSS, ISSSTE o IMSS Bienestar”, comentó Fulda

¿Cuáles son las Instituciones Públicas Federales que deberán prestar los servicios de forma gratuita?

  • Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
  • Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) 
  • Pemex 

Isabel Fulda subdirectora en el grupo feminista Gire señaló que la nueva decisión puede traer consigo un efecto dominó para que los congresos locales se adelanten y quiten el aborto de la legislación.

Te podría interesar:  Luis Nava recibe premio por la creación del BLOQUE

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *