Con un total de 86 votos a favor, el Senado de la República aprobó una Reforma al Código Penal Federal, en el cual se optó por sancionar con prisión a quienes difundan imágenes de víctimas de feminicidio y violencia de género. 

Las condenas irán de los 6 a los 12 años de prisión, así como una multa equivalente a 500 o mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Esta reforma aplicará para: funcionarios públicos, youtubers, periodistas, medios de comunicación y miembros de la sociedad civil.

¿QUÉ ESTIPULA LA REFORMA AL CÓDIGO PENAL FEDERAL?

Según lo aprobado en la Cámara de Senadores, todo aquel que difunda imágenes, audios, videos, documentos, evidencias, información, indicios, hallazgos, objetos o instrumentos que formen parte de una carpeta de investigación en un proceso penal serán acreedores a una condena.

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El objetivo de esta reforma es garantizar la seguridad, intimidad, dignidad, protección, bienestar físico y psicológico de las víctimas u ofendidos, ya que la difusión de información e imágenes constituye una lesión a la dignidad de las personas y a la memoria de las víctimas.

Durante la sesión, la senadora Olga Sánchez Cordero recordó el caso de Ingrid Escamilla Vargas, pues diferentes medios de comunicación, funcionarios y sociedad civil difundieron imágenes de su feminicidio, ocurrido en febrero de 2020.

Ahora, tras la aprobación de la reforma al Código Penal Federal en la Cámara de Senadores, el dictamen fue turnado a la Cámara de Diputados, donde se discutirá y, de ser el caso, se aprobará.

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Por Javier Zamora

Editor

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