La última actualización realizada a la ley tributaria señala que las declaraciones de las empresas deberán contar con la actualización del CFDI 4.0 y su versión 3.3, según lo estipulado todo el proceso deberá llevarse a cabo, a más tardar, el 31 de marzo de 2023. 

Ante las problemáticas que se han presentado para algunas empresas, Evgeny Pervago, co-fundador y director de Listo señaló que existen algunos inconvenientes para que las empresas puedan cumplir con lo que se les solicita. 

Pervago señala que una de las principales observaciones es que los datos que solicita el CFDI 4.0 son diferentes a los de la versión anterior, por lo que las empresas no cuentan con la información solicitada. 

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A raíz de este problema, algunas de las observaciones realizadas por Evgeny Pervago para evitar cometer los errores más comunes durante las declaraciones son las siguientes:

  • El nombre tanto del emisor como del receptor deben de ir sin el régimen societario y en mayúsculas, tal como viene en la Constancia de Situación Fiscal Actualizada
  • Los datos obligatorios deben de coincidir con cómo están ante el SAT, el RFC, con el nombre o razón social y domicilio fiscal con código postal, tanto del emisor como del receptor
  • El campo del uso de la factura antes no era obligatorio, pero ahora debe de corresponder al régimen fiscal.
  • Anteriormente, el régimen fiscal del emisor era suficiente, ahora también el del receptor.
  • Se debe de indicar si el producto es de exportación.

Uno de los principales consejos que emiten diferentes especialistas es respaldarse en la Constancia de Situación Fiscal Actualizada emitida por el SAT.

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Cabe recalcar que el tiempo de prórroga se emitió para que las empresas puedan solicitar dichas constancias, actualizar sus bases de datos y, a partir del 1 de abril, cumplir con las obligaciones tributarias. 
 

Por Javier Zamora

Editor

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