Los magistrados comentaron que conforme al artículo 99 de la Constitución y la ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, pues sus sentencias son definitivas e inatacables, por lo que deben ser observadas sin exista el diálogo ante el cumplimiento.

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El Tribunal se rige por el principio de legalidad pues sólo se puede realizar  lo que le esté expresamente permitido.

Sin embargo, la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados convocó a los magistrados del Tribunal Electoral a una reunión entre el 8 y el 9 de febrero, para abordar su sentencia del 23 de diciembre, en donde se ordenó a la Cámara de diputados corregir la convocatoria para elegir a cuatro nuevos consejeros del INE así como ordenar al comité Técnico de Evaluación.

El Técnico de evaluación se encarga de evaluar a los perfiles de los candidatos así como identificar claramente la quinteta para el cargo de presidenta del Consejo General del INE, además de establecer reglas claras en materia de paridad de género y actuar en completa autonomía de la junta de Coordinación Política.

Debido a esto, los magistrados consideraron no acudir a la reunión porque cuentan con lineamientos para el desarrollo de audiencias por videoconferencias las cuales se llevarán a cabo  en medios de impugnación aún en instrucción, por lo que no se llevarán en casos de sentencias.

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