Cerveza sin alcohol

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) aclaró que ninguna bebida comercializada como cerveza sin alcohol puede ser considerada realmente una cerveza.

En los últimos años, ha aumentado la oferta de cervezas con bajo contenido alcohólico, incluyendo nuevas variantes denominadas “Cero” o “Sin alcohol”. Por ello, el Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor decidió analizar estas bebidas.

“La cerveza, por definición, tiene un contenido alcohólico que oscila entre el 2% y el 20% Alc. Vol. Si un producto contiene menos del 2% de alcohol, no puede ser etiquetado como ‘cerveza’, ya que en realidad se trata de una bebida no alcohólica”, explicó Profeco.

Cerveza sin alcohol y bajo contenido energético

Además, una cerveza baja en alcohol también puede calificarse como de “bajo contenido energético” si se le reduce al menos un 24% de su contenido energético original.

En un estudio publicado por la Revista del Consumidor, se analizaron 19 productos, de los cuales 12 eran cervezas con bajo grado de alcohol (entre 2% y 3%) y 7 eran bebidas no alcohólicas.

Todos los productos cumplieron con las normas de etiquetado, excepto la marca española Mahou 0,0 tostada, que se anuncia como cerveza, pero tiene menos del 0.5% de alcohol.

Aquí tienes algunas bebidas que podrías haber pensado que eran cervezas sin alcohol, pero que en realidad no lo son:

  • Tecate 0.0
  • Corona Cero
  • Heineken 0.0 sin alcohol
  • Old Milwaukee
  • Mahou
  • Erdinger Weissbier

NOM-199-SCFI-2017

La NOM-199-SCFI-2017 establece que para ser considerada cerveza, una bebida fermentada debe elaborarse con malta, lúpulo, levadura y agua potable. Además, se permite añadir infusiones de cualquier semilla de cereales o leguminosas que puedan aportar harina, raíces o materia prima vegetal que contengan fécula, carbohidratos de origen vegetal que se puedan descomponer mediante hidrólisis, y azúcares que se mezclan con la malta, junto con lúpulos o sus sucedáneos.

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La Procuraduría Federal del Consumidor advierte que los productos que no cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas pueden estar sujetos a medidas precautorias.

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