Tras haber recibido la propuesta desde el 2019, la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad de 84 votos los cambios a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para crear el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias con el objetivo de tener registrada la información de los deudores y acreedores de obligaciones alimentarias, para realizar un mejor trabajo de protección y restitución de los derechos de los menores de edad.

Además, el decreto también modifica dos artículos y agrega una Sección Cuarta al Capítulo Tercero de la citada ley, el cual fue remitido al Ejecutivo federal para su eventual promulgación y vigencia.

Como parte de la propuesta se estipula que el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias sea público y se actualice mensualmente.

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La iniciativa que fue aprobada por la Cámara de Diputados desde el 30 de abril de 2019 y cuya minuta no sufrió modificaciones por parte de la Cámara Alta, prevé que los Tribunales Superiores de las entidades federativas y de la CDMX deberán de suministrar, intercambiar, sistematizar, consultar, analizar y actualizar mensualmente la información que se genere sobre el incumplimiento de las obligaciones alimentarias.

Asimismo, todas las Procuradurías de Protección de las entidades federativas y de la capital del país tendrán acceso total a las bases de datos del Registro.

El requisito de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias será solicitado para la realización de trámites y procedimientos tales como la obtención de licencias, permisos para conducir, pasaporte o documento de identidad y viaje; así como para participar como candidato a cargos concejiles y de elección popular o como aspirante a cargos de jueces y magistrados en el ámbito local o federal, y los que se realicen ante notario público relativos a la compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales.

“En las solicitudes de matrimonio, el juez del Registro Civil hará del conocimiento si alguno de los contrayentes se encuentra inscrito en el Registro, mencionando la situación que guardan respecto de las obligaciones que tiene”, suscribe la ley.

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