Tribunal de la UE confirma multa a Google por abuso de posición dominante

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha confirmado este martes la sanción de 2.424 millones de euros impuesta a Google por abuso de posición dominante en su servicio de comparación de productos, Google Shopping; esta resolución ha sido vista como una importante victoria para la regulación de las grandes tecnológicas en la Unión Europea (UE).

La Comisión Europea impuso la multa originalmente en 2017, tras determinar que Google y su empresa matriz, Alphabet, favorecieron injustamente su propio servicio de comparación de productos, perjudicando a los servicios de la competencia.

El recurso de casación presentado por Google y Alphabet contra la sentencia inicial ha sido desestimado, reafirmando la sanción como la mayor dictada por abuso de posición dominante hasta ese momento.

Abuso de posición dominante y competencia desleal en Google

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha señalado que “el Tribunal General dictaminó correctamente” al considerar que el comportamiento de Google constituía un abuso de su posición dominante en el mercado de comparación de productos.

Según los jueces europeos, las características del mercado y las circunstancias específicas del caso llevaron a la conclusión de que las prácticas de Google eran discriminatorias y no estaban basadas en la competencia por méritos.

La Comisión Europea concluyó en 2017 que Google daba preferencia a los resultados de su propio servicio, Google Shopping, posicionándolos de manera destacada en la parte superior de los resultados de búsqueda, acompañados de información visual y textual atractiva.

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En contraste, los servicios de la competencia aparecían relegados a posiciones inferiores, en forma de simples enlaces azules.
Consideraron esta práctica un abuso de posición dominante, lo que motivó la imposición de la multa de 2.424 millones de euros, ahora confirmada por el TJUE.

Implicaciones para el mercado y futuras regulaciones

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea también ha recordado que el Derecho de la Unión Europea no prohíbe la existencia de una posición dominante per se, sino su explotación abusiva.

Esta explotación se refiere a los comportamientos de las empresas que, al encontrarse en una posición dominante, restringen la competencia basada en méritos, perjudicando así tanto a las empresas rivales como a los consumidores.

En el caso de Google, determinaron que la empresa otorgó un trato preferencial a sus propios productos de manera injusta, lo cual consideraron contrario a la competencia justa.

Margrethe Vestager, vicepresidenta de la Comisión Europea y responsable de Competencia, afirmó que la sentencia representa una “victoria” importante para la UE y valida el enfoque de Bruselas en la vigilancia de las grandes tecnológicas.

Vestager también destacó que la multa a Google Shopping marcó un “cambio de tornas” en la regulación global de las empresas tecnológicas, inspirando un enfoque más proactivo y una mayor vigilancia hacia las prácticas de las “big tech” a nivel mundial.

Este caso ha demostrado que incluso las compañías más poderosas del mundo deben rendir cuentas y que ninguna empresa está por encima de la ley.

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