Vaticano actualiza normas sobre hechos sobrenaturales y apariciones

Este viernes, el Vaticano ejerció mano dura sobre el procedimiento que las diócesis deben seguir cuando hay presuntos hechos sobrenaturales o apariciones.

El nuevo documento del Dicasterio para la Doctrina de la Fe (DDF) detalla las nuevas normas en relación con los casos de fenómenos sobrenaturales, como las vírgenes que lloran y los crucifijos que derraman sangre.

En este documento, que sustituye a las normas de 1978, el Vaticano comunicó que la principal novedad es que a partir de ahora la Iglesia no se pronunciará sobre estos presuntos eventos y no determinará si son reales. La máxima respuesta que emitirán será la llamada “nulla osta”.

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El “nulla osta” es una afirmación que señala que no hay inconvenientes doctrinales en el mensaje dejado por el protagonista del presunto hecho sobrenatural, como apariciones de la Virgen, Jesús o santos, ni tampoco evidencias de engaños o estafas hasta la fecha.

Asimismo, los obispos ya no tendrán el poder de reconocer la naturaleza “sobrenatural” de las apariciones y diversos acontecimientos supuestamente divinos, responsabilidad que recaerá en el Papa y de las oficinas centrales del Vaticano.

Al respecto, el Papa Francisco ha dejado en claro su escepticismo respecto a este tipo de hechos. El año pasado declaró a la televisión italiana RAI que las apariciones de la Virgen María “no siempre son reales” y que le gustaría verla “señalando a Jesús” en lugar de llamar la atención sobre sí misma.

En el documento también se explica que los obispos deberían emitir un “nihil obstat”, es decir, un visto bueno para el culto que deja abierta la cuestión de si el Vaticano podría reconocer formalmente el fenómeno como “sobrenatural”. Tal reconocimiento es, sin embargo, “muy excepcional”, indicó el jefe de la DDF, el cardenal Víctor Manuel Fernández,

Nuevas normas del Vaticano incluyen cinco conclusiones sobre casos paranormales

Diversos fieles han reportado diversos incidentes sobrenaturales, como la aparición de “estigmas”, o heridas de la crucifixión de Jesús, en las manos y los pies de personas santas. Con el tiempo, estos hechos se han convertido en base de santuarios y peregrinaciones.

Fernández declaró que esta clase de sucesos deben ser evaluados con mucha cautela, ya que pueden ser fraudulentos y explotarse con fines de “lucro, poder, fama, reconocimiento social u otro interés personal”.

El DDF también incluye otras cinco conclusiones para los obispos sobre supuestos sucesos sobrenaturales, incluido su rechazo formal, o medidas para prohibir o limitar el culto de fenómenos controvertidos o manifiestamente falsos. 

Además, los obispos deberán instituir una comisión en la que haya al menos un teólogo, un canonista y un perito especializado en el fenómeno en cuestión. 

En el caso de que existan alegatos de que una Virgen llora sangre, la diócesis tendrá que escoger a una persona capaz de analizar la sangre para comprobar que no haya estafas y no se trate de pintura o sangre de animales. 

Posteriormente, un delegado de esa comisión y el obispo emitirán un juicio que será examinado por Roma. Una vez estudiado y emitido el veredicto, el obispo, de acuerdo con el dicasterio de la Doctrina de la Fe, hará público el resultado.

Uno de los propósitos que persigue este documento es optimizar los procedimientos, es decir, acelerar la difusión de noticias que se encuentra en la actualidad gracias a la plataforma digital y las redes sociales.

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