Durante los últimos dos meses, la despenalización del aborto en México ha avanzado de manera significativa. Un total de cinco estados han reformado el código penal para permitir el aborto: Jalisco, Michoacán, San Luis Potosí y los más recientes: Zacatecas y Estado de México.
El pasado miércoles 20 de noviembre, con 21 votos a favor y seis en contra, los legisladores locales de Zacatecas aprobaron el dictamen respecto a las iniciativas con proyecto de decreto que reforma, deroga y adiciona diversos artículos del Código Penal para el Estado de Zacatecas. Los votos a favor de la iniciativa se realizaron por integrantes de los grupos parlamentarios de Morena, Partido Verde (PVEM), Partido del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano (MC). Por su parte, los seis votos en contra pertenecieron a los diputados del Partido Acción Nacional (PAN), Karla Estrada, María Teresa López, Pedro Martínez Flores y Jesús Badillo, así como de Dayanne Cruz, del PRI y María Elena Canales, del PRD.
Posteriormente, para convertirse en la entidad federativa número 18 en despenalizar el derecho humano de acceso al aborto seguro y legal, el Congreso del Estado de México se basó en la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en 2021 y una reforma al Código Penal estatal que refuerza la protección de los derechos sexuales y reproductivos. La bancada del PAN votó en contra de la iniciativa.
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La organización Human Rights Watch (HRW) solicitó despenalizar el aborto en el Estado de México, el más poblado del país, con 17 millones de habitantes y que desde hace décadas sufre graves problemas de desigualdad y violencia.
HRW también denunció que en ocasiones el personal de salud se abstiene de prestar los servicios de aborto por “temor a la criminalización”. Por ello, algunas mujeres se realizan los procedimientos gratuitamente en Ciudad de México, que en 2007 se convirtió en la primera entidad en permitir el aborto en las primeras 12 semanas de embarazo.
“A pesar de los avances conseguidos a nivel nacional en el reconocimiento del acceso al aborto como un derecho constitucional y humano, la legislación vigente en el estado de México continúa criminalizando el aborto, con excepciones en casos de acción culposa, cuando el embarazo es resultado de violación, cuando existe riesgo para la vida de la mujer embarazada, o cuando el producto sufre de “alteraciones genéticas o congénitas”. En un contexto de alarmantes índices de violencia de género, incluyendo feminicidios y violencia sexual, las restricciones de acceso al aborto agravan incluso más la discriminación contra mujeres y niñas en el estado”, menciona HRW en su sitio web.
Hasta el momento, 18 de las 32 entidades federativas de México han despenalizado el aborto:
- Aguascalientes
- Baja California
- Baja California Sur
- Ciudad de México
- Coahuila
- Colima
- Guerrero
- Hidalgo
- Oaxaca
- Puebla
- Quintana Roo
- Sinaloa
- Veracruz
Posteriormente, en octubre, Jalisco y Michoacán se unieron al listado y en noviembre la marea verde alcanzó San Luis Potosí, Zacatecas y Estado de México.
¿En qué estados de México es ilegal el aborto?
En los siguientes 14 estados, el aborto únicamente es permitido en situaciones excepcionales, como casos de violación o peligro de muerte. Estos son Sonora, Chihuahua, Durango, Nayarit, Nuevo León, Tamaulipas, Guanajuato, Querétaro, Morelos, Tlaxcala, Tabasco, Chiapas, Campeche y Yucatán.
Como mencionamos anteriormente, la SCJN declaró la inconstitucionalidad de castigar penalmente el ejercicio del derecho a decidir, al establecer que “el producto de la gestación merece una protección que incrementa en el tiempo, a medida que avanza el embarazo”. Sin embargo, precisó que esa protección no puede desconocer los derechos de las mujeres y personas gestantes a la libertad reproductiva. Por lo tanto, “criminalizar de manera absoluta la interrupción del embarazo es inconstitucional”.
Entre los próximos estados que pueden legalizar el aborto está Chiapas. La entidad suprimió de su Constitución el “derecho a la vida desde la concepción”, aunque está pendiente la modificación a su Código Penal. De acuerdo con el proyecto, el aborto será un delito después del plazo de tres meses de gestación. La pena irá de seis meses a un año de prisión.
Si se lleva a cabo sin la autorización de la persona gestante, serán de cinco a 10 años de cárcel y de 50 a 400 días de multa, pero si en su comisión se utiliza violencia física, psicológica, obstétrica o negligencia en los cuidados ginecobstétricos, la pena prevista aumentará en una mitad.
